Extranjeria España | Abogados
  • inicio
    • NIE
    • Residencia
    • Nacionalidad
    • Asilo político
    • Golden Visa
  • Sobre nosotros
  • Contactar
  • Blog

ExtranjeriaEspana.es blog

RENOVAR EL PASAPORTE: LA SOLICITUD PARA RENOVAR PASAPORTE EQUIVALE A LA VOLUNTAD DE CONSERVAR LA NACIONALIDAD

13/7/2022

0 Comentarios

 
Picture
​El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha resuelto un recurso de casación sobre la  la pérdida de la nacionalidad española de los nacidos en el extranjero, hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, que no declaren su voluntad de conservar dicha nacionalidad ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación.

El demandante, residente en un país de América del Sur, había adquirido la nacionalidad española por ser hijo de española, ambos nacidas en su país de origen, y había solicitado la renovación del pasaporte en el Consulado de España antes de que transcurriera el plazo de tres años desde su mayoría de edad. 

Frente a las resoluciones que acordaron la pérdida de la nacionalidad por incumplimiento de los requisitos de dicha norma, el interesado formuló la demanda dando lugar a este procedimiento. Audiencia Provincial confirmó la resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN), y entendió que la declaración de voluntad de conservar la nacionalidad debía ser expresa y que ese requisito no concurría en este supuesto. 

El Pleno de la Sala, según el CC, trata de evitar la perpetuación de estirpes indefinidas de descendientes de españoles en el extranjero, a pesar de que no mantengan la menor vinculación con España. Para ello, se exige a los nietos de emigrados españoles, segunda generación nacida en el país de acogida, una declaración de voluntad dentro de cierto plazo para no perder la nacionalidad española. La pérdida de la nacionalidad se produce «ex lege» si no se realiza esa declaración. Sin embargo, no se exige que la declaración de querer conservar la nacionalidad esté sujeta a una forma solemne, por lo que no se ve inconveniente para admitir que la voluntad se manifieste de manera indirecta a través de un comportamiento concluyente. 
​
En el caso que ha dado lugar a este recurso, el demandante compareció en el Consulado de España para solicitar la renovación de su pasaporte dentro del plazo de tres años previsto en el C.C. La solicitud de renovación del pasaporte no es un mero uso de la nacionalidad española, sino una petición que se realizó ante el Consulado General y que comporta de manera inequívoca la voluntad de querer ser español.
0 Comentarios



Deja una respuesta.

    Autor

    ExtranjeriaEspana.es

    Imagen

    Categorías

    All

    RSS Feed

Aviso legal | Política de Privacidad | Politica Cookies
"Hemos realizado los siguientes trámites con nuestros clientes: ​Residencia de cualquier tipo, asilo y protección internacional y nacionalidades, tramitación de NIE"
​www.extranjeriaespana.es
E-mail: info@extranjeriaespana.es
Escríbenos
www.intro-law.com
  • inicio
    • NIE
    • Residencia
    • Nacionalidad
    • Asilo político
    • Golden Visa
  • Sobre nosotros
  • Contactar
  • Blog